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En cuanto a la modificación del reglamento interno.

Para modificar el reglamento interno de un condominio es necesario que los copropietarios se reúnan en asamblea extraordinaria cumpliendo con el quórum de constitución del 80% de los derechos en el condominio. Los acuerdos que se tomen deben hacerse escritura pública, protocolizarse en notaria e inscribirlo en el Registro de Hipotecas y Gravámenes en el Conservador de Bienes Raíces.

Finalmente, la Ley permite al Juez de Policía Local modificar el Reglamento de Copropiedad cuando, a requerimiento de un copropietario, el reglamento infringe las disposiciones de la Ley de Copropiedad o contiene disposiciones contradictorias o que no corresponden a la realidad del condominio o de manifiesta arbitrariedad en el trato a los distintos copropietarios.